¡Ahora sí no te cobrarán más de la cuenta! El artículo 28 de la Ley de Establecimientos Mercantiles tiene nuevos puntos; los restaurantes de CDMX deberán cumplir con un reglamento en beneficio de consumidores. Aquí te decimos sus obligaciones.
¿De qué va el reglamento de restaurantes?
Se acabaron los menús sin precio claro y los cobros adicionales. Ahora los establecimientos de comida deberán exhibir su carta de alimentos a la entrada; los precios tienen que ser claros y estar a la vista de los comensales.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera (Canirac) armaron esta normativa. El objetivo es que los consumidores no se lleven sorpresas a la hora de pagar, así como atender quejas constantes sobre abuso en el cobro.
Pero, ¿qué es lo que deberán cumplir los restaurantes? En primer lugar, tendrán que exhibir su menú con precios especificados de cada alimento, bebida y servicio. También, informar sobre las formas de pago.
¿Quieres presentar una queja o hacer una denuncia? Los restaurantes están obligados a colocar el contacto de autoridades para hacerlo. Estos datos deberán estar en un lugar visible para los clientes.
Nada de guacamole, totopos o bebidas que lleguen a la mesa sin que te digan cuánto cuestan. El personal tiene que informarte si hay algún producto o servicio que genere un costo adicional, así como realizar aclaraciones sobre la cuenta y entregar comprobante de pago.
Además, los clientes podrán permanecer en el establecimiento sin que se les exija consumo mínimo. Pero, ¿qué pasa si los restaurantes no cumplen con el reglamento? ¡Habrá sanciones!
Las autoridades correspondientes visitarán los establecimientos para verificar que no existan irregularidades. Si notan algún incumplimiento, aplicarán multas, clausuras, suspensión temporal de servicio y revocación de avisos o permisos.
Los establecimientos tendrán que pagar 6 mil 483.75 pesos o el equivalente a 125 veces el valor diario del Unidad de Medida de Actualización (UMA) vigente; esto para abusos de alto impacto.
Según la Jefatura de Gobierno, bares y restaurantes deberán cumplir con este reglamento a partir del 1 de marzo de 2023. Si quieres conocer el artículo 28 de la Ley de Establecimientos Mercantiles, da clic aquí.